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Viviendas sociales: avanza el proyecto para acelerar la recuperación de casas desadjudicadas


La Cámara de Diputados dio media sanción a la iniciativa del Poder Ejecutivo por la que se modifican normativas que aceleran los procesos de desadjudicación y recuperación de viviendas sociales ante casos de falta de pago, abandono o uso irregular de los inmuebles.

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El IPV “es el organismo encargado de instrumentar la política de vivienda social en la provincia, y esta política reconoce como eje central el principio de función social de la propiedad, en virtud del cual las unidades habitacionales construidas o financiadas total o parcialmente por el Estado deben destinarse efectivamente a satisfacer necesidades habitacionales de sectores que no pueden acceder a soluciones en el mercado”, señala la fundamentación.

Todos los programas que desarrolla el Instituto Provincial de la Vivienda establecen como criterio de priorización a “los grupos familiares cuyos ingresos no superen los dos salarios mínimo vital y móvil, lo que marca un equilibrio  entre la  devolución del crédito y la asistencia social”, que necesariamente requiere de “un alto acatamiento  a las condiciones contractuales establecidas para poder  otorgar los beneficios habitacionales a nuevos beneficiarios”, añade el texto.

Por ende, agrega, el sistema de vivienda social se sustenta en el cumplimiento recíproco de obligaciones: el Estado facilita el acceso al hábitat y el beneficiario asume el compromiso de pago  y la  ocupación efectiva. “Este esquema exige un adecuado cumplimiento de las condiciones contractuales, a fin de garantizar la sostenibilidad del sistema  y la equitativa asignación de recursos públicos”.

En ese sentido, expone que sin perjuicio de ello, “se han detectado supuestos de incumplimiento por parte de los  beneficiarios, ya sea por mora persistente o por abandono  del inmueble, desnaturalizando la función social de la vivienda y perjudicando a miles de ciudadanos en lista de espera. Estos casos han derivado  en  procedimientos en los cuales se ha    resuelto la desadjudicación del plan de vivienda, siendo por ende necesaria la  recuperación efectiva del inmueble de una  manera  ágil  y eficiente para que esa  vivienda sea adjudicada a posibles  beneficiarios dispuestos a honrar los compromisos determinados por el lPV”.

Precisamente, la propuesta del Ejecutivo, plantea modificaciones a la Ley N° 4203 para permitir que el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) “pueda iniciar juicios de desalojo en aquellos casos en los que exista una desadjudicación firme por incumplimiento de las obligaciones asumidas por los beneficiarios”.

En tanto, las modificaciones a la Ley N° 9001, se refieren a adecuar los procedimientos vigentes a lo previsto en el Código Procesal Civil y Tributario, con el fin de acelerar los procesos de recupero. Además, propone que los desalojos impulsados por el IPV sean tramitados por la Justicia de Paz Letrada, al considerar que estos tribunales cuentan con mayor proximidad territorial y herramientas más ágiles para resolver procesos de menor complejidad.

Lo que se pretende, es optimizar el proceso de recuperación de viviendas sociales adjudicadas por el IPV, en casos de incumplimiento por parte de los beneficiarios; tratando de fortalecer el sistema habitacional y garantizar que las unidades financiadas por el Estado lleguen efectivamente a las familias que más las necesitan.







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